¿ESPAÑOL O CASTELLANO?
Existe confusión sobre si el idioma que se habla es español o castellano y ni tan siquiera los expertos se ponen de acuerdo la hora de establecer unos parámetros generales. Este problema se da tanto en España como en los países de habla hispana. Por lo tanto, ¿Qué es lo correcto? ¿Español o Castellano?
La RAE afirma que “para designar la lengua común de España y
de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras
partes del mundo, son válidos los términos castellano y español” (…). El
término español, prosigue la RAE, “resulta más recomendable por carecer de
ambigüedad”, ya que se refiere de modo unívoco a la lengua que hablan hoy cerca
de seiscientos millones de personas (según el Instituto Cervantes) —es
la denominación, por tanto, que se utiliza internacionalmente (Spanish,
espagnol, Spanisch, spagnolo, etc.)—. Sin embargo, especifica que “aun
siendo también sinónimo de español, resulta preferible reservar el término
castellano para referirse al dialecto románico nacido en el Reino de Castilla
durante la Edad Media, o al dialecto del español que se habla actualmente en
esta región (…) En España, se usa asimismo el nombre castellano cuando se alude
a la lengua común del Estado en relación con las otras lenguas cooficiales en
sus respectivos territorios autónomos, como el catalán, el gallego o el vasco”.
Aquí entran en confrontación la RAE por un lado y la Constitución por otro pues
la RAE tiene como objetivo velar por que los cambios que experimente la lengua
española en su constante adaptación no quiebren mientras que la Constitución
nos dice que el castellano es la lengua española oficial del Estado y
que todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
denominar el “español” cuando nos dirigimos o referimos a la comunidad hispanohablante
Es decir, la RAE como máxima autoridad en la materia vela
por la Lengua española, entendiéndose esta como castellano, que a su vez se
diferencia del catalán, vasco o gallego —igualmente españolas—,
siendo lo correcto denominar el “español” cuando nos dirigimos o referimos a la
comunidad hispanohablante.
Por otro lado, la Constitución Española de 1978 presenta
cierta ambigüedad en sus artículos número 2 y 3, referentes a la nación y a la
lengua de España, en los cuales deja cierta confusión. En este sentido, el
articulo número 2 de la Constitución Española establece que “La Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común
e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad
entre todas ellas”. Es decir, mientras se establece que España es una nación,
al mismo tiempo, y aquí surge el problema, reconoce que hay distintas
nacionalidades dentro de esa nación, que a su vez tienen derecho de autonomía.
El articulo número 3, con respecto a la lengua, también supone un problema de
redacción y, consiguientemente, de interpretación al afirmar que “El castellano
es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber
de conocerla y el derecho a usarla” (…) “Las demás lenguas españolas serán
también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con
sus Estatutos” (…) “La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de
España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y
protección”.
Es decir, se parte de que España es una nación que contiene
nacionalidades y que tiene cuatro idiomas oficiales o cooficiales dentro del
Estado Español. Según el artículo número 3 de la Constitución se establece que
el castellano sería el idioma oficial pero que, a su vez, hay otras lenguas que
comparten oficialidad dentro de lo establecido en los respectivos Estatutos de
Autonomía. En este sentido, el castellano es el idioma que todos los españoles
deberían conocer y usar por derecho, pero no es un idioma obligatorio en España
ya que así lo reconoce la Carta Magna de 1978.
Es decir, mientras que la RAE establece una cosa, la
Constitución, por otro lado, establece otra diferente. Entonces, ¿a quién hay
que creer? Evidentemente a los expertos de la materia, de la Lengua y la
gramática.
Los expertos de la lengua, es decir la RAE, continúan su
explicación afirmando que “diremos siempre español, excepto cuando nos
refiramos al dialecto medieval o al que se habla actualmente en Castilla, o
cuando queramos diferenciarlo de las demás lenguas cooficiales de España
(catalán, gallego y vasco)”. La problemática es notoria tanto en España como en
los países de habla hispana ya que no se sabe si emplear el término castellano
o español y, por supuesto, supone una gran confusión al no haber univocidad entre
los expertos en la lengua y los que aplican o interpretan la Constitución.
Si atendemos a la Constitución el idioma de España es aquel
que sea oficial en cada Comunidad Autónoma, por norma general, el castellano,
pero dejando la puerta abierta a la interpretación constitucional sobre las
otras lenguas oficiales, mientras que si atendemos a lo que establece la RAE el
idioma de España y de los países hispanohablantes sería el español o
castellano, sinónimo este del primero.
Se podría afirmar que, en España, a excepción de las
regiones de Galicia, Cataluña y Euskadi, de manera general y aceptando las
posibles variantes en cuanto a expresiones o pronunciación, el idioma sería el
castellano. Además, tras el hito histórico que se produce en 1492, el idioma de
Hispano América sería el castellano, que actuaría como sinónimo del español.
Debido a que la mayoría de los conquistadores y exploradores
que llegaron a América eran castellanos (procedentes de la Corona de Castilla,
no de lo que hoy es Castilla) el idioma que se ha quedado como español es el
castellano, reconocido internacionalmente, a su vez, como español. Evidentemente
con sus variantes, de igual forma que ocurre en España. Nos referimos a que no
se habla igual en Argentina que en Venezuela o Colombia, por ejemplo, pero es
que ocurre lo mismo en la propia España ya que no se usan las mismas palabras
dependiendo de la zona en la que se esté o de los acentos en el habla. Por
ejemplo, no se habla el mismo castellano en Andalucía que en Navarra y ni tan
siquiera dentro de la propia comunidad autónoma. Pues lo mismo ocurre con el
español o castellano de América o Filipinas -si es que conservan algo después
de la imposición del inglés por parte de los estadounidenses-. Inclusive,
dentro de la propia Colombia, por enfatizar aun mas y como ejemplo, no se habla
igual en Medellín que en Bogotá.
Nos referimos pues a un idioma que tiene el honor de ser el
cuarto idioma más hablado del mundo con cerca de 585 millones de hablantes
(Instituto Cervantes)[1],
de los cuales 460 millones son hablantes nativos (es decir, más del 6% de la
población mundial). Si tenemos en cuenta el desarrollo y la importancia del
idioma español en el mundo, nuevamente, el Instituto Cervantes estima que para
dentro de 40 años, aproximadamente, la cifra de hispanohablantes alcance su
cenit con unos 725 millones de hablantes.
un idioma que tiene el honor de ser el cuarto idioma más hablado del mundo
La confusión, por tanto, estriba en la ambigüedad entre lo
que se considera español y lo que se considera castellano. Pues si el español
es el idioma que se habla fuera de España, dentro de España son españoles los
idiomas catalán, vasco, castellano y gallego, así reconocidos en la
Constitución. A nivel internacional sería correcto establecer que se habla un
idioma español, concretamente, el castellano, que ha pasado a tener millones de
hablantes convirtiéndose a su vez en el idioma español. El castellano se
identifica con el español debido a que, tras la Conquista de América, al
abarcar un gigantesco imperio, se internacionalizó, se globalizó, se
universalizó a través de sus inmensas gentes, su producción gramatical y
literaria…, pues la mayoría de los conquistadores y exploradores, como se ha mencionado,
eran extremeños, castellanos, andaluces, riojanos, vascos…, mientras que los
americanos o filipinos también difundían sus costumbres o su producción
literaria en castellano.
Los errores de interpretación y terminología a la hora de
establecer cómo se debería determinar el idioma en cuestión, vienen
determinados por la ambigüedad de la Constitución Española de 1978 ya que pone
sobre la mesa cuatro lenguas oficiales en España, de tal modo que, si en una
región fuera de España se hablase catalán, vasco, o gallego, se podría
considerar que esa región habla español también por ser estas lenguas oficiales
de España.
Si
atendemos a la historia, la Constitución de la República española de
1931 fue la primera en establecer el idioma oficial del Estado español en su
texto, de manera mas clara y concisa, de tal forma que, en el artículo número
4, hacía referencia al idioma, en términos similares a los actuales, de la
siguiente manera: “El castellano es el idioma oficial de la República. Todo
español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los
derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o
regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá
exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional”. Es decir, la
Republica de 1931 no deja lugar a dudas ya que denomina a la lengua oficial
como castellano y además pone de manifiesto la obligatoriedad de hablarlo,
mientras que en la Constitución del 78 se habla de deber de conocerla a la vez
que se reconocen otras lenguas oficiales como españolas.
la Constitución de la República española de 1931 fue la primera en establecer el idioma oficial del Estado español en su texto
Por lo tanto, en resumen, el tema del idioma español es un
tema delicado y ambiguo ya que, legalmente, acepta varias interpretaciones que,
asimismo, se prestan a confusión. Podríamos considerar, pues así está
establecido internacionalmente, que el español es un idioma que hablan cerca de
seiscientos millones de personas en el mundo, mientras que, en España, este
mismo idioma, engloba cuatro lenguas oficiales que no son obligatorias. En este
sentido, y para concluir, el español que se habla internacionalmente es el
castellano mientras que, a nivel nacional, debido a que España es reconocida
como una nación en la Constitución, habría cuatro clases de español que serían
el castellano, el catalán, el vasco o euskera y el gallego.
El problema, para finalizar, se debe a una mala redacción en la Constitución Española que reconoce varias nacionalidades dentro de una nación y varias lenguas oficiales que, a su vez, coinciden con esas nacionalidades. Por ello, este tema se ha interpretado por sectores independentistas como algo de vital importancia en sus discursos, sin que por ello sea ilegal sino ambiguo, abriéndose un gran abanico de interpretaciones de la ley. Es por ello que estos sectores se refieran al idioma castellano como español para remarcar la no pertenencia a España de sus territorios, usando sus idiomas como armas ideológicas, aprovechando, repito, la redacción de los artículos número 2 y 3 de la Constitución, entre otros.
Así, pues, el español debería ser el castellano ya que así lo ha reconocido la comunidad internacional o la RAE, sin que por ello se desprecien a las demás lenguas cooficiales de España, ya que el castellano es el cuarto idioma más hablado del mundo. Por ello, ya que esta así aceptado, nos debemos referir al idioma que hablamos como español y no castellano, exceptuando situaciones que se den dentro de España entre las diferentes lenguas españolas, para diferenciarlas.
[1] Por
detrás del hindi con 608 millones de hablantes o el chino mandarín con 1.140
(El Mundo, sep. 2024)
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